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Destituidos miembros de la Brigada 30 por infringir DIH

Escrito por Omar Elias Laguado Nieto on Feb 23rd, 2010 y en las categorias Justicia. Puedes seguir las respuestas a esta noticia a través de RSS 2.0. Puedes dejar un cometario o enlazar esta noticia

Por causar la muerte a un civil en desarrollo de una operación militar, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 20 años a los entonces miembros del Batallón de Infantería Nro.15 ‘Francisco de Paula Santander’ de la Brigada 30 del Ejercito Nacional, Javier Alfonso Quiroga Villalobos, en su condición de Teniente y comandante de la operación Coyote, con el pelotón Ayacucho, y Jorge Hernando Pérez Campos, soldado profesional y puntero dentro de la citada operación, con el mismo pelotón.

Señala la investigación que en las horas de la madrugada del 2 de marzo de 2003, en desarrollo de la operación Coyote, varios miembros del batallón de Infantería Nro.15 ‘Francisco de Paula Santander’ ingresaron a una vivienda ubicada en la vereda Platillos, corregimiento de Maracaibo, municipio de San Calixto (Norte de Santander) y dieron muerte a uno de sus moradores.

De acuerdo con las pruebas recaudadas, el entonces Teniente Quiroga Villalobos ordenó al pelotón rodear la vivienda del ciudadano fallecido, seguidamente “amenazaron con tumbar la puerta si no habrían lo que provocó que la víctima se pusiera nervioso y saliera corriendo, con lo que uno de los uniformados reaccionó disparando en varias oportunidades” e hiriéndolo de gravedad.

Se estableció además, que de inmediato los uniformados le prestaron los primeros auxilios, solicitaron ayuda a un helicóptero pero no fue posible obtenerla, razón por la cual se vieron en la necesidad de transportarlo por tierra hasta el municipio de San Calixto, a donde llegó muerto.

El soldado Pérez Campos, que actuaba como puntero en la operación Coyote, fue quien disparó en varias oportunidades a este ciudadano que no participaba de las hostilidades, causándole la muerte.

Concluye el Ministerio Público que la muerte de este ciudadano, “en desarrollo de la operación ‘Coyote’, es una conducta que puede ser catalogada como una grave violación a los principios de distinción, limitación y proporcionalidad”, en razón a que la labor de reacción y la ventaja militar ocasionada con el ataque de los uniformados del Ejército Nacional constituye una manifiesta vulneración del derecho a la vida.

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