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Fallo de Tutela revoca sentencia de Tribunal y protege derechos de MSBColombia.

Escrito por Omar Elias Laguado Nieto on Ago 17th, 2010 y en las categorias Politica. Puedes seguir las respuestas a esta noticia a través de RSS 2.0. Puedes dejar un cometario o enlazar esta noticia

El Consejo de Estado, desde la Sala de lo Contencioso Administrativo, sección cuarta,  Consejera Ponente: Carmen Teresa Ortíz de Rodriguez, dio a conocer el fallo expedido en Bogotá, D.C., el veintisiete (27) de mayo del dos mil diez (2010), por medio del cual se revoca la sentencia impugnada, proferida el 15 de febrero de 2010 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección C.

La sentencia fue dada a conocer el Viernes 13 de Agosto de 2010 en la Página web: http://procesos.ramajudicial.gov.co/prueba/consultap.aspx  Proceso No.: 25000231500020100018901

La acción interpuesta por el MSB Colombia fue contra: el Dr. Carlos Ariel Sánchez, Registrador Nacional del Estado Civil; el Presidente del Consejo Nacional Electoral y el Dr. Henry Peralta Páez, Delegado del registrador Nacional del estado Civil en Norte de Santander, debido al “Rechazo de plano” por parte del Delegado del Registrador Nacional del Estado Civil en Norte de Santander a la inscripción de la lista al Senado de la República, argumentando falta de requisitos y con esto impedir el cumplimiento del último requerimiento para el reconocimiento de personería Jurídica.

El fallo del Consejo de Estado, protege el derecho de petición del Movimiento Comunero So~ta Bolivariano MSBColombia, cuando le fue violado por la Delegación Departamental de la Registraduría Nacional del Estado Civil en Norte de Santander y del Consejo Nacional Electoral, su derecho a participar en procesos electorales como partido político en formación, al no dar respuesta oportuna a varios escritos (Enero 6 y Enero 27 de 2010) que solicitaban orientación legal y procedimental para cumplir con el requisito de reconocimiento de Personería Jurídica, como es participar en las elecciones al Senado y Cámara el pasado mes de mayo.

En consecuencia, el fallo ordena al Delegado del Registrador Nacional del Estado Civil en Norte de Santander y al Presidente del Consejo Nacional Electoral que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta decisión, contesten las referidas peticiones y notifiquen debidamente la respuesta al MSBColombia  en los términos de los artículos 44 y siguientes del Código Contencioso Administrativo.

El MSBColombia considera esta sentencia histórica ya que confirma la vigencia del trámite de Reconocimiento de Personería Jurídica al MSBColombia como partido político y lo impulsa a seguir construyendo un proyecto de perfil So~ta Bolivariano para Colombia, quedando a la espera de las respuestas solicitadas en el fallo de tutela.

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